Artículos Publicados Contacto

Prestación de servicios independientes

Prestación de servicios independientes

Régimen Fiscal Señala la Ley del impuesto Sobre la Renta (LISR) que, las personas físicas que obtengan ingresos por prestar servicios profesionales, deben tributar en la Sección I, del Capítulo II, del Título IV, de la Ley citada. Además de ser ingresos los obtenidos por la realización de dichas actividades son ingresos aquellos a que se refiere el artículo 121 de la Ley en cita.

Momento de acumulación y/o causación.

Amén de indentificar qué ingresos deben ser considerados para efecto de determinar los impuestos que deriven de aquellos, es importante también conocer los momentos de "acumulación y/o causación", es decir, el momento en que dichos ingresos deben ser considerados para el cálculo de los impuestos correspondientes, toda vez que solo hasta que se actualicen las hipótesis jurídicas previstas en las leyes fiscales estaremos obligados al pago de los impuestos sobre la renta, empresarial a tasa única y al valor agregado...



Descargar Artículo


<< Regresar

Página 1 de 1 1

Nuestros Servicios

Interesados en el desarrollo y bienestar de usted y de su empresa ponemos a su disposición un conjunto de servicios integrales con la finalidad de brindarle plena seguridad en el adecuado cumplimiento de sus obligaciones tributarias y que además redundarán en sus recursos financiaros.

Contacto

Si desea recibir más información acerca de nuestros servicios, podrá establecer contacto personal con este despacho, ya sea vía telefónica o a través de la concertación de una cita.

.